De cuentas bancarias y otros demonios: Pregunta 20 de 30. ¿Por qué anuncia a partir de enero de 2014 la limitación a sólo una cuenta bancaria por Asociación y por ende el cese de las que poseen iglesias en particular, como la de Santa Clara?

En nuestras treinta preguntas formuladas en 2013 referidas a evidentes violaciones a la libertad religiosa en Cuba: http://cubanoconfesante.com/?p=733, la número 20 aborda el problema de las cuentas bamncarias para las iglesias. Si bien es cierto que no se han atrevido a cerrar cuentas bancarias que ya existían por décadas, como la 030000000028738 en Banco Financiero Internacional (BFI), de la Iglesia Bautista ¨La Trinidad¨, de Santa Clara, con las ya denunciadas limitaciones a estas; en efecto, desde enero de 2014 ninguna iglesia en particular puede abrir cuenta bancaria en divisas, si requieren operar este tipo de moneda deberán depender de su representación nacional, si es que tienen personalidad jurídica por estar inscritos en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia (MinJus). De esta manera el régimen, a tráves de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos del Comité Central del Partido Comunista de Cuba obliga a adoptar a las instituciones religiosas y fraternales su misma estructura jerárquica, lo cual le facilita el control a través de su modelo de dirección predilecto, el de «ordeno y mando» en la estructura piramidal de arriba hacia abajo.

Pudiese ser que esto parezca no chocar con modos de gobierno episcopales; pero resulta una imposición que sí choca frontalmente con la eclesiología de iglesias que ejercen el gobierno congregacional, que es por ejemplo la democracia que practicamos los bautistas. Esta imposición legal atenta entonces contra principios fundamentales, aunque esto solo sea un daño colateral al objetivo principal que se persigue y que sí afecta a todos, obligados a solo una cuenta. Aunque desde su anuncio y aplicación, resulta obvia la arbitrariedad de esta medida, ahora con las políticas del presidente Obama esto se hace más evidente, especialmente en relación a las licencias otorgadas a instituciones religiosas norteamericanas para sus relaciones con sus homologas cubanas, e incluso con otras instituciones de la sociedad civil.

Estas trabas de solo una cuenta bancaria por cada Asociación legalmente registrada, sin ni siquiera importar el número de sus iglesias afiliadas, que en muchos casos llega a centenares de estas, es otro buen ejemplo del bloqueo interno que asfixia a los cubanos dentro de la isla, además que prueba que las violaciones a la libertad religiosa continúan. Los grupos religiosos que, por ordenes de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos, el Registro de Asociaciones del MinJus no puede legalizar, ni siquiera tienen la posibilidad de la arbitraria conseción de una cuenta bancaria por Asociación. Es la manera financiera de violar las libertdades religiosas en Cuba.

Continúan las restricciones a la cuenta bancaria 030000000028738 de la Iglesia Bautista La Trinidad, de Santa Clara, Cuba

En nuestras treinta preguntas formuladas hace ya casi dos años, en septiembre de 2013 http://cubanoconfesante.com/?p=733 , cuestionando las supuestas libertades religiosas de las que especula el régimen en Cuba, la número 19 preguntaba: ¿Por qué aprovechándose de poseer el monopolio de los bancos utiliza las cuentas bancarias de iglesias como medio de coacción contra ellas, de lo que resulta ilustrativo la inoperante cuenta en divisas de la Iglesia Bautista La Trinidad de la ciudad de Santa Clara a la que tampoco reconoce legalmente su Seminario Teológico Bautista Luis Manuel González Peña? Ante los diversos reclamos en favor de que la Iglesia Bautista La Trinidad de Santa Clara, Cuba, pudiese utilizar su cuenta bancaria en divisas, incluida la denuncia mundial a través de informes de Solidaridad Cristiana Mundial, no ha sido ejecutada la amenaza de que se le abrogaría, y se encuentra operativa desde la celebración del Congreso del CLAI en 2013, cuando se le anunció activa por ocho meses que sin embargo se han extendido hasta la actualidad. Por supuesto, habría que agregar primero, el termino del pastorado de Homero Carbonell por jubilación el 31 de octubre de 2010, y luego su salida definitiva del país en agosto de 2014 y por ende su finalización como Rector del Seminario Teológico Bautista “Luis Manuel González Peña”, ya que resulta importante recordar que en el caso específico de las sanciones políticas a esta organización religiosa iban dirigidas especialmente a alcanzar tal resultado dada la mantenida posición de critica profética ejercida por él. A pesar de esto todavía no se ha concedido la legalidad al Seminario. No obstante, el problema de la cuenta bancaria 030000000028738 de la que figura la iglesia como cliente No. 287 del Banco Financiero Internacional (BFI) no se ha resuelto del todo. Esta congregación religiosa denuncia que solo se le permite operar su cuenta para propósitos probados de su reconstrucción en proceso. Para ningún otro motivo se le permite utilizar su dinero, a pesar de que cuando fue abierta en 1988 no se especificaron condiciones de este tipo. Este bloqueo, proveniente directamente como una orden de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos del Comité Central del Partido Comunista de Cuba al BFI, pretende recordar a esta iglesia quien manda en Cuba, además de la amenaza latente de que vuelvan a congelarla, o incluso, a derogarla definitivamente. Por supuesto, nuestra pregunta diecinueve del total de treinta solo toma como ejemplo la situación de esta cuenta bancaria para reflejar el fenómeno mayor que constituye la obstrucción a la arena religiosa de parte de quienes detentan el poder político. Continúa siendo una mayúscula realidad que el monopolio de los bancos utiliza las cuentas bancarias de iglesias como medio de coacción contra ellas. Cabe preguntarse entonces cómo van a funcionar en tal limitado contexto las licencias otorgadas por el presidente Barack Obama a instituciones religiosas en USA para que colaboren con sus homologas en Cuba. Pero aun así estamos hablando de iglesias afortunadas que poseen el privilegio excepcional de poseer una cuenta bancaria en divisas y la pregunta veinte de las treinta que continúa esta temática abunda en violaciones aun mayores: de las millares iglesias en Cuba a las que se les abroga este simple derecho como evidente método de contención y violación adicional a las libertades religiosas.