De cuentas bancarias y otros demonios: Pregunta 20 de 30. ¿Por qué anuncia a partir de enero de 2014 la limitación a sólo una cuenta bancaria por Asociación y por ende el cese de las que poseen iglesias en particular, como la de Santa Clara?

En nuestras treinta preguntas formuladas en 2013 referidas a evidentes violaciones a la libertad religiosa en Cuba: http://cubanoconfesante.com/?p=733, la número 20 aborda el problema de las cuentas bamncarias para las iglesias. Si bien es cierto que no se han atrevido a cerrar cuentas bancarias que ya existían por décadas, como la 030000000028738 en Banco Financiero Internacional (BFI), de la Iglesia Bautista ¨La Trinidad¨, de Santa Clara, con las ya denunciadas limitaciones a estas; en efecto, desde enero de 2014 ninguna iglesia en particular puede abrir cuenta bancaria en divisas, si requieren operar este tipo de moneda deberán depender de su representación nacional, si es que tienen personalidad jurídica por estar inscritos en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia (MinJus). De esta manera el régimen, a tráves de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos del Comité Central del Partido Comunista de Cuba obliga a adoptar a las instituciones religiosas y fraternales su misma estructura jerárquica, lo cual le facilita el control a través de su modelo de dirección predilecto, el de «ordeno y mando» en la estructura piramidal de arriba hacia abajo.

Pudiese ser que esto parezca no chocar con modos de gobierno episcopales; pero resulta una imposición que sí choca frontalmente con la eclesiología de iglesias que ejercen el gobierno congregacional, que es por ejemplo la democracia que practicamos los bautistas. Esta imposición legal atenta entonces contra principios fundamentales, aunque esto solo sea un daño colateral al objetivo principal que se persigue y que sí afecta a todos, obligados a solo una cuenta. Aunque desde su anuncio y aplicación, resulta obvia la arbitrariedad de esta medida, ahora con las políticas del presidente Obama esto se hace más evidente, especialmente en relación a las licencias otorgadas a instituciones religiosas norteamericanas para sus relaciones con sus homologas cubanas, e incluso con otras instituciones de la sociedad civil.

Estas trabas de solo una cuenta bancaria por cada Asociación legalmente registrada, sin ni siquiera importar el número de sus iglesias afiliadas, que en muchos casos llega a centenares de estas, es otro buen ejemplo del bloqueo interno que asfixia a los cubanos dentro de la isla, además que prueba que las violaciones a la libertad religiosa continúan. Los grupos religiosos que, por ordenes de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos, el Registro de Asociaciones del MinJus no puede legalizar, ni siquiera tienen la posibilidad de la arbitraria conseción de una cuenta bancaria por Asociación. Es la manera financiera de violar las libertdades religiosas en Cuba.